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Título

Escrituras Públicas

Descripción

¿Se necesita sacar cita previa para realizar este tipo de trámites?

Sí, debido a los procedimientos que deben realizarse para su preparación, el trámite de otorgamiento de poder por escritura pública sólo se realiza con cita previa. Por favor, en caso requiera una cita enviar un correo electrónico a escrituras@conpertokio.org

¿Qué documentos debo enviar al correo electrónico escrituras@conpertokio.org para obtener una cita?

Debe remitir la minuta que es el texto donde debe indicar sus datos completos (conforme aparecen en su DNI) datos completos de la persona a la que quiere otorgar el poder y las facultades que usted quiere otorgarle. Este documento debe ser redactado por un abogado. En el Consulado NO redactamos minutas

¿Puedo llevar mi minuta para un poder por escritura pública al Consulado y ese mismo día ser atendido?

No, no es posible. Los poderes por escritura pública se atienden solo con citas, previa recepción de la minuta correspondiente. 

Tengo una minuta elaborada hace más de 1 año, ¿Aún es válida para realizar un poder por escritura pública?

Mientras usted esté de acuerdo con las facultades indicadas en dicha minuta, puede ser utilizada en el momento que usted lo requiera.

Llevo muchos años en Japón y no conozco a ningún abogado en Perú para que me elabore la minuta para el poder por escritura pública o me asesore sobre el trámite que deseo hacer. ¿Me pueden recomendar alguno?

No, no es posible hacer recomendaciones de esa naturaleza por nuestra parte. 

Una de las personas que va a realizar el trámite es japonés y no entiende bien el castellano ¿Alguna persona del Consulado puede asistirle como intérprete?

No, no es posible. Ningún personal del Consulado podrá realizar funciones de intérprete.

En ese caso, ¿tengo que contratar un traductor profesional?

No, bastará contar con la asistencia de algún amigo o conocido (no familiar hasta tercer grado de consanguineidad) que pueda asistir como traductor a la persona que no habla castellano. 

¿Qué tiempo de validez tiene la escritura pública?

Una escritura pública, una vez inscrita en los Registros Públicos del Perú, NO tiene caducidad hasta cuando usted haga la revocatoria de la misma.

¿Qué sucede con el poder si mi apoderado fallece?

El poder dejará de tener validez al fallecimiento de cualquiera de las partes.

Otorgué un poder en el Japón, ¿lo puedo revocar en el Perú?

​Sí, sí es posible revocar en el Perú, un poder otorgado en el Japón.  Además, si usted otorgó un poder en el Japón, puede revocarlo, ampliarlo, rectificarlo etc. en cualquier Consulado del Perú del país donde se encuentre en el momento.

Datos adjuntos

Creado el 05/01/2021 07:04 p.m. por Andrés Eduardo Reyna Rodríguez
Última modificación realizada el 07/12/2023 01:00 a.m. por Joel Rodolfo Elizarbe Hoyos